La FAMP saluda la reforma de la Ley contra la violencia de género aprobada por el Parlamento andaluz

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27072018

La FAMP saluda la reforma de la Ley contra la violencia de género aprobada por el Parlamento andaluz

Villalobos destaca que con la “aprobación de esta reforma de Ley, Andalucía se sitúa a la “vanguardia” en la lucha contra “las violencias machistas”

El presidente de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), Fernando Rodríguez Villalobos, ha calificado hoy la aprobación del proyecto de ley por el que se ha modificado la Ley de Medidas de Prevención y Protección Integral Contra la Violencia de Género como “una norma necesaria y responsable” y “aplaude” a la Junta y al Parlamento de Andalucía por impulsarla y refrendarla ayer en la Cámara y señaló que  Andalucía se convierte así en un “territorio de vanguardia en materia de protección contra las violencias machistas”.

Para el presidente de la FAMP, “hablar de igualdad es hablar de calidad democrática; por eso debemos seguir trabajando para sensibilizar a la ciudadanía, a padres y madres y a toda la comunidad educativa porque son las claves del éxito en esta lucha contra la violencia de género en una sociedad democrática, libre y justa”.

La escuela en esta materia es clave, apuntó Rodríguez Villalobos quien defendió que “tenemos que provocar un cambio y crear un tiempo nuevo” para romper estereotipos y favorecer la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.

El presidente de la FAMP señaló que “el pasado 8 de marzo significó un antes y un después en el abordaje de la violencia contra las mujeres. La sociedad habló alto y claro, para sumar sus voces contra la desigualdad que sufren las mujeres. Poderes públicos, ciudadanía, organizaciones y asociaciones unidas con un mismo fin: la igualdad”.

Rodriguez Villalobos hace suyo los postulados de la Convenio de Estambul en el que se reconoce que la violencia contra la mujer es una manifestación de desequilibrio histórico entre la mujer y el hombre que ha llevado a la dominación y a la discriminación de la privándola de su plena emancipación.

El presidente de la FAMP  ha destacado como se recogen todos los tipos de violencia. Y reconoce como “muy acertada” la inclusión de la “violencia vicaria”, y es que los malos tratos y la violencia intrafamiliar causan estragos en la persona agredida tanto a nivel físico como psíquico. La violencia no afecta únicamente a los integrantes de la pareja. Cuando hay hijas e hijos también la sufren. Algunos de ellos incluso son agredidos física o psicológicamente con el propósito de dañar al otro componente de la relación.

Ley contra la Violencia de Género reforzará la protección de las víctimas

La  reforma de la Ley de medidas de prevención y protección integral contra la Violencia de Género, vigente desde 2007, amplía el concepto de víctima e incluye la tipificación de las diferentes formas de agresiones contra las mujeres. Con esta modificación, Andalucía adecuará su legislación al convenio del Consejo de Europa de Estambul de 2011, primer instrumento vinculante de ámbito europeo en la materia.

El texto, que afecta a 13 artículos de la actual norma y añade diez, también se adapta a los cambios de la regulación estatal en aspectos como el estatuto de la víctima y la protección de la infancia y la adolescencia.

La principal novedad que se introduce es la ampliación del concepto de víctima de violencia de género. En este sentido, la norma andaluza resulta más ambiciosa que la estatal por cuanto que, además de a los menores, incluye a otros colectivos como personas mayores, con discapacidad o dependientesque estén sujetas a la tutela, guardia o custodia de la mujer víctima y que convivan en el entorno violento.

Asimismo, y siguiendo las recomendaciones del Convenio de Estambul, el proyecto especifica los distintos actos de agresión y maltrato atendiendo a su 'modus operandi' y al perjuicio causado, más allá de la actual referencia genérica a las formas de la violencia (física, psicológica, económica y sexual).

De este modo, tendrán la consideración de actos de violencia de género los que se producen en el ámbito de la pareja o ex pareja, con independencia de que exista o no convivencia; el feminicidio; las agresiones y abusos sexuales; el acoso sexual; el acoso por razón de sexo; la trata de mujeres y niñas; la explotación sexual; la mutilación genital femenina; el matrimonio precoz o forzado; la violencia contra los derechos sexuales y reproductivos; la originada por la aplicación de tradiciones culturales que atenten contra los derechos de las mujeres; la derivada de conflictos armados, y la 'ciberviolencia', así como cualquier otra que lesione la dignidad, la integridad o la libertad de las víctimas(por ejemplo, ataques indirectos con intención de dañar o humillar).

Respecto a la protección, el proyecto de ley incorpora el derecho a recibir atención adecuada sin necesidad de previa interposición de denuncia, una medida que ya se lleva a cabo en Andalucía. De este modo, se garantiza el asesoramiento y el acompañamientoa las víctimas por profesionales especializados durante el proceso judicial y, en casos de renuncia al mismo, son derivadas a los servicios especializados de la Administración.

Al plan de seguridad personal, la nueva ley añadirá el plan integral personal de carácter social, que igualmente ya se realiza ofreciendo una respuesta individual a cada víctima a partir de la evaluación de sus necesidades específicas. De acuerdo con el proyecto, se elaborará de forma coordinada por las administraciones competentes en la materia. La actuación de los servicios asistenciales y de apoyo se articula a través del punto de coordinación de las órdenes de protección de los órganos judiciales.

Respecto a la formación, se otorga el carácter de permanente y especializada la dirigida a profesionales y al personal de la Administración autonómica que trabaja en materia de violencia de género, mientras que en el ámbito de la sensibilización se completa lo ya regulado en la actual ley al recogerse de forma expresa el compromiso de los medios de comunicación de titularidad pública de realizar campañas de forma continuada, así como de especificar el contenido de las mismas. Al impulso de manifestaciones culturales y artísticas ya previstas anteriormente, se añade ahora el de las actividades deportivas.

Rodriguez Villalobos destacó “el papel de los Centros Municipales de Información a las Mujeres por la apuesta decida de los ayuntamientos y diputaciones por acercar recursos y la puesta en marcha de políticas públicas en clave de género”.

De igual manera, el presidente de la FAMP consideró “muy importante” los esfuerzos para una coordinación institucional eficaz y eficiente, que en la ley queda reflejada con el reconocimiento de los centros municipales de información a la mujercomo unidades de referencia de atención e información a las víctimas de violencia de género y se establece la “ventanilla única de violencia de género”como un sistema único de atención a las víctimas.

Desde la FAMP, apuntó Rodríguez Villalobos, “seguiremos trabajando interinstitucionalmente ofreciendo a través de nuestro Plan de Formación Continua acciones formativas especificas que ayuden a quienes están trabajando con las víctimas de violencia para ofrecer un mejor servicio, cualificado y de calidad a equipos técnicos de servicios sociales, centros municipales de información a las mujeres y policías locales”.

De igual manera, subrayó que “se están incorporando nuevas tecnologías” para facilitar el diseño y puesta en marcha desde lo local de políticas públicas, a través del Observatorio de Políticas de Igualdad de la FAMP. Y por último, y como “red de redes del municipalismo en Andalucía” fortaleciendo la Red Andaluza de Municipios Libres de Violencia con que cuenta la Federación. Un espacio de encuentro, de intercambio y de reflexión para la buena gobernanza.

Finalmente, la reforma aprobada regula con rango de ley el Observatorio Andaluz de la Violencia de Género, que funciona desde 2010. Este órgano colegiado, en colaboración con las unidades estadísticas y cartográficas de las consejerías de Igualdad y Políticas Sociales y de Justicia e Interior, se encarga de definir los indicadores necesarios para el análisis y la investigación del problema.